Dif Municipal de Villa de Álvarez




Fracción. I.- El marco normativo aplicable al sujeto obligado, que deberá incluir leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios y políticas, entre otros.

Fracción. II..- Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, los órganos de consulta y apoyo, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables.

Fracción. III..- Las facultades de cada área.

Fracción. IV..- Las metas y objetivos de las áreas de conformidad con sus programas operativos.

Fracción. V..- Los indicadores relacionados con temas de interés público o trascendencia social que conforme a sus funciones deban establecer.

Fracción. VI..- Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados.

Fracción. VII..- El directorio de todos los servidores públicos, incluyendo los que formen parte de los órganos de consulta y apoyo, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público manejen o apliquen recursos públicos realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos el nombre, cargo o nombramiento asignado.

Fracción. VIII..- La remuneración bruta y neta de todos los servidores públicos de base o de confianza, de todas las percepciones, incluyendo sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación, señalando la periodicidad de dicha remuneración.

Fracción. IX..- El perfil de los puestos de los servidores públicos a su servicio, el curricular de quienes ocupan esos puestos siempre que se cuente con el consentimiento del interesado por tratarse de datos personales.

Fracción. IX BIS..- La información en version publica de la declaracion patrimonial, la declaracion de intereses y la declaracion de impuestos de los servidores públicos señalados en las leyes.

Fracción. X..- Los gastos de representación y viáticos, así como el objeto e informe de comisión correspondiente.

Fracción. XI..- El número total de las plazas y del personal de base y confianza, especificando el total de las vacantes, por nivel de puesto, para cada unidad administrativa.

Fracción. XII..- Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios y el periodo de contratación.

Fracción. XIII.- El domicilio de la Unidad de Transparencia, el nombre de su titular y la dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes para obtener información.

Fracción. XIV..- Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos.

Fracción. XV..- La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente: Padrón de beneficiarios, mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre de la persona física o denominación social de las personas morales beneficiarias, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una de ellas, unidad territorial en su caso, edad y sexo.

Fracción. XVI.- Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos.

Fracción. XVII.- La información curricular, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, hasta el titular del sujeto obligado, así como, en su caso, las sanciones administrativas de que haya sido objeto.

Fracción. XVIII.- El listado de servidores públicos con sanciones administrativas definitivas, especificando la causa de sanción y la disposición.

Fracción. XIX.- Los servicios que ofrecen señalando los requisitos para acceder a ellos.

Fracción. XX.- Los trámites, requisitos y formatos que ofrecen.

Fracción. XXI.- La información financiera sobre el presupuesto asignado, así como los informes del ejercicio trimestral del gasto, en términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y demás normatividad aplicable.

Fracción. XXII.- La información relativa a la deuda pública, en términos de la normatividad aplicable.

Fracción. XXIII.- Los montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato, concepto o campaña y fecha de inicio y de término.

Fracción. XXIV.- Los informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado que se realicen y, en su caso, las aclaraciones que correspondan.

Fracción. XXV.- El resultado de la dictaminación de los estados financieros.

Fracción. XXVI.- Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos o, en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad. Asimismo, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos.

Fracción. XXVII.- Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, especificando los titulares de aquéllos, debiendo publicarse su objeto, nombre o razón social del titular, vigencia, tipo, términos, condiciones, monto y modificaciones, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios y/o recursos públicos.

Fracción. XXVIII.- La información sobre los resultados de los procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la versión pública del expediente respectivo y de los contratos celebrados, que deberá contener, por lo menos, lo siguiente:Tratándose de licitaciones públicas o procedimientos de invitación restringida:

Fracción. XXIX.- Los informes que por disposición legal generen los sujetos obligados.

Fracción. XXX.- Las estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones con la mayor desagregación posible.

Fracción. XXXI.- Informe de avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero.

Fracción. XXXII.- Padrón de proveedores y contratistas.

Fracción. XXXIII.- Los convenios de coordinación y de concertación con los sectores social y privado.

Fracción. XXXIV.- El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad.

Fracción. XXXV.- Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado Mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención.

Fracción. XXXVI.- Las resoluciones y laudos que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio, en que sea parte el sujeto obligado.

Fracción. XXXVII.- Los mecanismos de participación ciudadana.

Fracción. XXXVIII.- Los programas que ofrecen, incluyendo información sobre la población, objetivo y destino, así como los trámites, tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a los mismos.

Fracción. XXXIX.- La integración del Comité de Transparencia, así como sus actas y resoluciones.

Fracción. XL.- Todas las evaluaciones y encuestas que hagan los sujetos obligados a programas financiados con recursos públicos.

Fracción. XLI.- Los estudios financiados con recursos públicos.

Fracción. XLII.- El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben.

Fracción. XLIII.- Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino, indicando el destino de cada uno de ellos.

Fracción. XLIV.- Donaciones hechas a terceros en dinero o en especie.

Fracción. XLV.- El catálogo de disposición y guía de archivo documental.

Fracción. XLVI.- Las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias, así como las opiniones y recomendaciones que emitan, en su caso, los consejos consultivos.

Fracción. XLVII.- Para efectos estadísticos, el listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de Internet para la intervención de comunicaciones privadas, el acceso al registro de comunicaciones y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación, que contenga exclusivamente el objeto, el alcance temporal y los fundamentos legales del requerimiento, así como, en su caso, la mención de que cuenta con la autorización judicial correspondiente

Fracción. XLVIII.- El catálogo de información adicional así como cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.